Van a cumplirse 07 meses desde que la Contraloría General de la República determinó una serie de irregularidades en la elaboración y aprobación del expediente técnico, procedimientos de contratación, ejecución y supervisión del proyecto de inversión: “Instalación de los sistemas de agua potable y alcantarillado en la localidad de San Vicente de Azpitia del distrito de Santa Cruz de Flores, provincia de Cañete”, obra que contaba con una inversión de alrededor de 12 millones y medio de soles.
¿QUÉ SE DETECTÓ?
1.- Funcionarios y servidores, aprobaron, reformularon y actualizaron el expediente técnico del proyecto sin tener en cuenta los parámetros planteados en la etapa de preinversión, con duplicidad de partidas y cálculos erróneos, con una sobrestimación de S/ 510,441.65, asimismo, realizaron la contratación de consultor para la reformulación del expediente técnico cuando ya había sido aprobada su actualización, y los comprobantes de pago en tres contrataciones realizadas fueron emitidos a nombre del tesorero de la entidad, con perjuicio económico por S/ 36,800.00 y afectando la buena administración de los recursos públicos.
En ese sentido, el señor REGIS VICTOR POMALAYA GODOY en su condición de Gerente Municipal y jefe de la oficina de Administración y Finanzas, gestionó la contratación y pago) por el servicio de reformulación de expediente técnico, cuando el citado expediente actualizado ya había sido aprobado por la Entidad, además emitió la Orden de Servicio cuando aún no se contaba con la certificación presupuestal, así también, el citado expediente no está suscrito por el responsable contractualmente de su reformulación, sino, está suscrito por el ingeniero sanitario que elaboró el expediente técnico primigenio.
2.- Funcionarios y servidores perfeccionaron contrato convocado en el marco del Decreto de Urgencia N° 114-2020, sin que se cumpla las condiciones para la contratación y con irregularidades respecto a la garantía de fiel cumplimiento, pagaron la totalidad del monto contratado por un plazo de 240 días sin considerar que el pago debía realizarse por tarifas y la prestación en 270 días, celebraron irregularmente dos adicionales cuya sumatoria superaron el 15% del monto contractual sin solicitar informe previo a la Contraloría, asimismo, contrataron sin cumplir los requisitos establecidos en los términos de referencia a un proveedor para efectuar labores de supervisión, ocasionando perjuicio económico al Estado por S/ 135,110.38 y afectando la finalidad pública de la contratación.
REGIS VICTOR POMALAYA GODOY como funcionario y servidor de la Entidad, al estar a cargo de la Gerencia Municipal (como máxima autoridad administrativa de la Entidad) y la Oficina de Administración y finanzas, estaba en la obligación hacer cumplir las normas legales y municipales referentes a la administración de los recursos públicos.
Estos hechos ocasionaron perjuicio económico a la Entidad por el importe total de S/ 135,110.38, que comprende el pago por el importe de S/ 47,610.38 destinado para su participación (30 días) en la liquidación de obra, servicio que no fue realizado; asimismo, el monto de S/87,500.00, por el pago de dos adicionales, sin asidero y sin solicitar informe previo a la Contraloría, respecto a la tramitación de la segunda adicional.
3.- Funcionarios y servidores perfeccionaron contrato sin que se cumplan las condiciones para la contratación, durante la ejecución aprobaron prestaciones adicionales y suspensiones de plazo sin sustento, contrataron a un consultor para la elaboración de los expedientes técnicos de las prestaciones adicionales cuando debieron ser presentados por el contratista ejecutor de la obra, ocasionando perjuicio económico a la entidad por S/ 60 000,00, y afectando la finalidad pública de la contratación y la buena administración de los recursos.
REGIS VICTOR POMALAYA GODOY en su calidad de Gerente Municipal suscribió y visó, y como Gerente de Administración y Finanzas y jefe de la Oficina de Logística y Control Patrimonial, visó contrato de ejecución de obra sin cautelar que consorcio cumpla con presentar documento de Declaración Jurada, debidamente suscrito, ya que dicho documento constituía el perfeccionamiento del contrato, beneficiando al consorcio sin haber efectuado la observación correspondiente.
REGIS POMALAYA ENCABEZA LISTA DE FUNCIONARIOS QUE DEBEN SER PROCESADOS Y RESPONDER POR SUS ACTOS
Los incluidos en este hecho lamentable que trajo como consecuencia la paralización de la obra, además de REGIS VÍCTOR POMALAYA GODOY son: MILAGROS CARMEN CONDE ARIAS, VICENTE ENCISO ZEGARRA, RUBEN EDSON ARMAS DE LA CRUZ, MAURO ALEXANDER CAMACHO LOPEZ, MARTIN EDUARDO ARIAS HUAPAYA y JONATHAN PAVEL HOCES HINOSTROZA.
La Contraloría encargó a la actual gestión municipal de Santa cruz de Flores a cargo del alcalde Alexis Daniel Balcázar Huapaya desde el 17 de diciembre del año 2024 (van a cumplirse 07 meses), realizar las acciones tendientes a fin que el órgano competente efectúe el deslinde de las responsabilidades que correspondan, de los funcionarios y/o servidores públicos de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Flores, comprendidos en los hechos irregulares a través del proceso administrativo….¿Cómo va este proceso? (LÍNEA DIRECTA/Elarquim)
*VER INFORME COMPLETO DE CONTRALORÍA:
https://apps8.contraloria.gob.pe/SPIC/srvDownload/ViewPDF?CRES_CODIGO=2024CPOC82300266&TIPOARCHIVO=ADJUNTO
