
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL
“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana”
DECRETO DE ALCALDIA N° 003-2026-AL/MDNI
Nuevo Imperial, 12 de mayo de 2026.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL - CAÑETE
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 08-2023-MDNI de fecha 27 de abril de 2023, Informe N° 153-2026-OGPPTI-GM/MDNI de fecha 11 de mayo de 2026, el Memorándum N° 186-2026-GM-MDNI de fecha 12 de mayo de 2026, el Informe Legal Nº 164-2026-OGAJ-MDNI de fecha 12 de mayo de 2026, el Proveído S/N de fecha 12 de mayo de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de la Reforma Constitucional en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, expresa que: “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. La autonomía que la constitución establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la Alcaldia es el órgano ejecutivo del Gobierno Local. El Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa;
Que, el numeral 36 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades dispone como atribución del alcalde, convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local;
Que, por otro lado, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; y en el numeral 6 del artículo 20 de dicha Ley, señala que son atribuciones del Alcalde, entre otros, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas.
Que, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que el sistema de planificación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas. De igual modo, a través del numeral 2 del artículo 121º de la Ley Orgánica de Municipalidades se reconoce el derecho de control vecinal a los gobiernos locales, exigiendo la rendición de cuentas con lo que se garantiza la participación ciudadana en el proceso de gestión pública;
Que, acorde a lo establecido en el artículo 119-A de la Ley Orgánica de Municipalidades, las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;
Que, con Ordenanza Municipal N° 08-2023-MDNI de fecha 27 de abril de 2023, el Concejo Municipal se aprobó la “ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DE AUDIENCIAS PÚBLICAS DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL”, la misma que contiene, entre otros, los principios y alcances, los temas a tratarse en rendición de cuentas, la organización, la convocatoria, difusión, los participantes y el acto de sesión, y cuyo artículo 9º establece que la realización de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas es responsabilidad del Alcalde;
Que, mediante Informe N° 153-2026-OGPPTI-GM/MDNI de fecha 11 de mayo de 2026, la Jefa de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Tecnología de la Información, propone el Cronograma de Actividades para la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas correspondiente al mes de mayo de 2026 de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial;
Que, con Memorándum N° 186-2026-GM-MDNI de fecha 12 de mayo de 2026, el Gerente Municipal propone la agenda para la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas (literal d), numeral 10.4 del artículo 10º de la misma Ordenanza) presentados en base al Plan de Desarrollo Concertado Local del distrito de Nuevo Imperial, Los contenidos mínimos a presentar en la audiencia pública son:
a) Nivel de ejecución presupuestal a nivel de gastos corrientes.
b) Nivel de ejecución de los proyectos de inversión, inclusive los aprobados en el marco del presupuesto participativo.
c) Gestión de algunos programas y/o servicios públicos específicos, con indicadores de cobertura y calidad, planes de mejora institucional sobre la calidad de los servicios públicos, así como los avances, dificultades y lecciones aprendidas en su ejecución.
d) Adopción de políticas públicas locales y el avance en implementación.
e) Disposiciones municipales emitidas y el impacto obtenido con la emisión de dichas normas.
f) Acciones para promover la implementación de los mecanismos de transparencia o control social en la Gestión local.
Que, mediante Informe Legal Nº 164-2026-OGAJ-MDNI de fecha 12 de mayo de 2026, la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica por las consideraciones expuestas opina que se apruebe la Convocatoria, el Cronograma de Actividades y la Agenda de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial;
Que, con Proveído S/N de fecha 12 de mayo de 2026, la Gerencia Municipal solicitó a la Oficina de Secretaría General se apruebe cronograma y agenda de la Audiencia Pública, a través de Decreto de Alcaldía;
Que, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la Convocatoria para la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial para el año 2026, conforme se detalla a continuación:
Lugar: Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial
Fecha: Viernes 29 de mayo de 2026
Hora: 3:00 p.m.
Lugar: Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial (Jr. Manchego
Muñoz N° 410 – Nuevo Imperial – Cañete).
ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR el Cronograma de Actividades para la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial para el año 2026, conforme al siguiente detalle:

ARTÍCULO TERCERO.- APROBAR la Agenda de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial para el año 2026, la misma que contendrá:
a) Nivel de ejecución presupuestal a nivel de gastos corrientes.
b) Nivel de ejecución de los proyectos de inversión, inclusive los aprobados en el marco del presupuesto participativo.
c) Gestión de algunos programas y/o servicios públicos específicos, con indicadores de cobertura y calidad, planes de mejora institucional sobre la calidad de los servicios públicos, así como los avances, dificultades y lecciones aprendidas en su ejecución.
d) Adopción de políticas públicas locales y el avance en implementación.
e) Disposiciones municipales emitidas y el impacto obtenido con la emisión de dichas normas.
f) Acciones para promover la implementación de los mecanismos de transparencia o control social en la Gestión local.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial.
ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER que todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, conforme a sus atribuciones y competencias brinden la información requerida para la presente Audiencia Pública de Rendición de Cuentas.
ARTÍCULO SEXTO.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General la notificación a quienes corresponda y su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Carmen María Ramos Oyolo
Alcaldesa